Resolución ANSES 47/2012
TOPES MÁXIMOS Y MÍNIMOS

La Resolución 47/2012 -dictada por la ANSES y publicada en el Boletín Oficial de fecha 23 de Febrero de 2012- establece modificaciones a los topes máximos y mínimos a utilizar para el cálculo de aportes y contribuciones patronales.

A partir de las Declaraciones Juradas del periodo Marzo de 2012 serán aplicables los siguientes topes:

> Mínimo: $ 586,79 y de $ 635,68 con SAC

> Máximo: $ 19.070,55 y de $ 28.605,82 con SAC.

Hasta ahora AFIP no realizó modificación alguna en su aplicativo, con lo cual los empleadores deben modificar de manera manual los importes declarados, según corresponda, para utilizar los nuevos topes conforme la legislación vigente, y garantizar así la adecuada cobertura de su nómina y mantener ordenado el estado de cuentas.

Resolución ANSES 47/12 publicada en el Boletín Oficial el 23 de Febrero de 2012. (24 KB)

Sueldo Bruto Remunerativo: No pueden ser importes menores a $0, y se encuentran sujetos a los topes vigentes para el período de la liquidación de sueldos. Los conceptos de remuneración son la contraprestación por la puesta a disposición de la fuerza de trabajo, o mejor dicho por realizar actos, ejecutar obras, o prestar servicios a las órdenes del empleador.

Se considera Remuneración a: Sueldo, Jornal, Comisiones, Viáticos sin comprobante, Remuneración en especies, Gastos de representación, Premios, Adicionales por antigüedad, Asignación por titulo, Propinas habituales no prohibidas, Salario por enfermedad, accidente, vacaciones, licencias especiales, Preaviso otorgado, S.A.C., Horas extras, Honorarios en relación de dependencia, Gratificaciones Habituales, y todo lo que esté relacionado directamente con la prestación de servicios.

No se considera Remuneración a: Viáticos con comprobante, Gratificaciones por Egreso, Indemnizaciones por falta de preaviso, por antigüedad, por vacaciones no gozadas, Asignaciones Familiares, Indemnización por accidente o incapacidad, Maternidad, Integración de Mes, Reintegros de gastos, Subsidios por desempleo, y además todos los conceptos enumerados en los artículos 103 bis, 223 bis y 105 de la LCT. Beneficios Sociales y Asignaciones no Remunerativas. (Ley 24.700 de 25/09/96)

Topes Salariales
Deben utilizarse los siguientes topes mínimos y máximos

Mínimos:

A partir de 06/1996 hasta 02/2009 $240 y de $260 con SAC - Ley 24241
Desde 03/2009 a 08/2009$268,06 y de $290.40 con SAC - Resolución Gral AFIP 2585/09
Desde 09/2009 a 02/2010 $287,74 y de $311,72 con SAC - Resolución Gral AFIP 2673/09
Desde 03/2010 a 08/2010 $311,36 y de $337.30 con SAC - Resolución ANSES 130/10
Desde 09/2010 a 02/2011 $363,98 y de $394,19 con SAC - Resolución ANSES 651/10
Desde 03/2011 a 08/2011 $427,06 y de $462,51 con SAC - Resolución ANSES 58/11
Desde 09/2011 a 02/2012 $498,89 / $540,46 con SAC - Resolución ANSES 448/11
Desde 03/2012 en adelante $586,79 / $635,68 con SAC - Resolución ANSES 47/12

Estos son aplicables a los empleados que prestaron servicio los 30 días del mes

Máximos:

Desde 06/1996 hasta 10/2008 $4.800 y de $7.200 con SAC - Ley 24241 Art 9. Mención a 60 MOPFRES
Desde 11/2008 hasta 02/2009 $7.800 y de $11.700 con SAC - Decreto PEN 1448/08 y Resolución Gral. AFIP 2508/n. Mención a 75 MOPFRES
Desde 03/2009 hasta 08/2009 $8.711,82 y de $13.067,73 con SAC - Resolución Gral AFIP 2585/09
Desde 09/2009 a 02/2010 $9.351,30 y de $14.026,95 con SAC - Resolución Gral AFIP 2673/09
Desde 03/2010 a 08/2010 $10.119,08 y de $15.178,62 con SAC - Resolución ANSES 130/10
Desde 09/2010 a 02/2011 $11.829,21 y de $17.743,81 con SAC - Resolución ANSES 651/10
Desde 03/2011 a 08/2011 $13.879,25 y de $20.818,88 con SAC - Resolución ANSES 58/11
Desde 09/2011 a 02/2012 $16.213,72 / $24.320,58 con SAC - Resolución ANSES 448/11
Desde 03/2012 en adelante $19.070,55 / $28.605,82 con SAC - Resolución ANSES 47/12

Excepción a topes mínimos – Licencias
Cuando el trabajador se encuentre con Licencia, por ejemplo sin Goce de Haberes, la remuneración puede ser igual a cero ($0) o menor al tope mínimo vigente para el periodo.

En dicho caso, deberá determinar la cantidad de días trabajados de manera correcta.

 

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