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Como parte de nuestro compromiso contra el fraude, desde Provincia ART te recordamos medidas y acciones para detectar, disuadir y prevenirlo.
Recordá que la Superintendencia de Seguros de la Nación emitió la Resolución n° 38.477 y sus modificatorias en el año 2014, estableciendo una serie de normas sobre política, procedimientos y controles internos tendientes a combatir el fraude, que las aseguradoras y reaseguradoras deberán implementar.
¿Qué es el fraude?
Acción u omisión perpetrada en el marco de una relación de seguros, incluyendo la conducta de comercializadores no autorizados, para recabar una ventaja o beneficio indebido para provecho propio o de un tercero; mediante el engaño, aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, artificio, astucia, maquinación, abuso de confianza o cualquier otro ardid.
El fraude como expresión de mala fe, puede configurar una modalidad delictiva criminal cuando es factible subsumir la conducta en alguna de las previsiones legales penales.
Recomendaciones
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al momento de la contratación del seguro
> Verificá que los datos completados sean correctos y hacé foco en el código de la actividad (C.I.I.U.)
> Chequeá que no haya inconvenientes para contactar al cliente por los medios habituales
> Asegurate que el cliente mantenga su domicilio o tomá nota si se muda frecuentemente
> Si bien está permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con mas de una aseguradora, en su caso tal extremo debe ser notificado a todas las entidades
> Recordá al cliente la importancia de no aceptar dinero, suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceras personas que no conozcan
> Verificá cualquier alteración u ocultamiento de la información brindada al momento de cotizar el riesgo
> Revisá que la composición de la solicitud de la afiliacion digital SPD, contengan lo requerido por la Resolución n° 46/2018 y n° 219/2018
> Alertá a la empresa que nunca debe facilitar los datos ni el acceso de su póliza a terceros cuando ello no se justifique
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al momento de un siniestro
> Recomendá a tu cliente que no exagere fraudulentamente los daños y que no brinde pruebas o información falsa
> También sugerí que ante la denuncia de un siniestro por parte de un empleado o empleada repare en: ¿Cuánto tiempo pasó desde la ocurrencia del siniestro hasta la comunicación?, ¿Dónde se encontraba la persona al momento del accidente?, El o la denunciante facilita la información completa del siniestro?, ¿El relato es consistente?
> Para los casos de accidente in itinere, recomendale que sepa desde dónde y hacia qué punto se dirigía la persona trabajadora
> Alertá a la empresa para que preste atención a los accidentes repentinos o de extraña modalidad
> Incentivá a las empresas a que te consulten ante cualquier duda, eventualidad o novedad que les surja
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al momento de liquidar un siniestro
> Informá a la empresa que para liquidar un siniestro es necesario que presente toda la documetación avalatoria correspondiente
> Recordá a las empresas que Provincia ART no ofrece indemnizaciones vía telefónica, mensajes de texto, WhatsApp u otro medio digital
> Informá a las empresas que la Ley de Riesgos de Trabajo establece que los trabajadores/as tienen derecho a recibir atención médica de su ART sin la necesidad de firmar nungún tipo de documentación con terceras personas o estudios jurídicos
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Tu voz hace la diferencia en la lucha contra el fraude |
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